
La Audiencia Provincial de A Coruña ha acordado rebajar de ocho a seis años la pena de cárcel impuesta a un hombre que violó en un portal de un edificio de A Coruña a una mujer con dispacidad intelectual que se quedó embarazada.
La resolución, contra la que cabe recurso de apelación, atiende la solicitud de la defensa del acusado y decide reducir en dos años la condena en aplicación del nuevo arco de penas que establece la ley del ’sólo sí es sí’ para los delitos de abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal sobre persona especialmente vulnerable.
La misma sección de la Audiencia Provincial coruñesa descartó condenar a este hombre por un delito de agresión sexual, como solicitaban Fiscalía y acusación particular, por entender que en los hechos no hubo, según la sala, ni violencia ni intimidación.
Así, consideró que la violación cometida en el portal donde trabajaba el agresor cuando la víctima regresaba a su casa de un centro ocupacional fue un abuso y no una violación, delitos que quedan fusionados en la nueva legislación.
La pena impuesta fueron ocho años, dentro de la horquilla de la mitad inferior para este tipo de delitos según el código penal anterior a la reforma –de siete a diez años–. Ahora, la sala entiende que procede rebajar la pena porque la nueva ley establece para este delito penas de entre cuatro y doce años de prisión.
RECHAZAN REVISIONES Por otro lado, la Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha rechazado revisar las penas impuestas a tres hombres condenados por delitos sexuales.
Según ha facilitado este viernes el Alto Tribunal gallego, confirma la pena de diez años de cárcel impuesta a un vecino de Lugo por agredir sexualmente a una menor en el portal de un inmueble.
Asimismo, desestima la revisión de la condena a 17 años de prisión para otro hombre que agredió de forma continuada a las dos hijas de su pareja cuando eran menores de edad, a las que realizaba tocamientos, forzaba a realizar actos sexuales y obligaba a ver contenido pornográfico cuando la madre estaba fuera de casa por motivos laborales.
Por último, el TSXG también confirma 11 años de cárcel para otro varón que agredió continuadamente a su hija. Contra todas ellas cabe recurso de casación ante el Supremo.
Fuente: (EUROPA PRESS)